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CIRCULAR 27/2003
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En aplicación de lo establecido
en la Circular 06/2003, se indican a continuación los límites máximos
a percibir, contra presentación en el plazo indicado de los correspondientes
justificantes, en concepto de indemnización por gastos de desplazamiento:
Oportunamente
se comunicará el importe máximo a
percibir por el equipo PROMEDIA por su enfrentamiento con el equipo
PROMEDIA, así como el correspondiente al equipo CAPABLANCA ATLAS por
su enfrentamiento con el vencedor del encuentro de la 1ª Ronda SOBRE
RUEDAS – CAYMU. Ramón Padullés
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